Estimados compañeros y compañeras:
Ayer lunes día 23 tuvimos conocimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional por la cual se reconoce el derecho de los trabajadores a que "solicitado por escrito el dia a compensar tras haber trabajado un dia festivo, puedan disrutarlo en cualquier momento del año natural del festivo trabajado sin ninguna otra limitación".
Como sabeis USO interpusimos un SIMA para que se reconociera el derecho de los trabajadores a compensar durante el año natural sin ningún tipo de limitación, y ese mismo día, CCOO,UGT y FASGA junto con Atento, volvieron a firmar exactamente el mismo texto del acuerdo que ya les había anulado la Audiencia Nacional anteriormente por vulneración del derecho a la negociación colectiva de un sindicato.
USO no firmamos ese acuerdo porque no hubo negociación alguna(la empressa se presento con el texto cerrado y sin admitir propuestas), porque entendíamos que a nivel global se establecía más límites y restricciones hacia el trabajador a la hora de compensar y porque creíamos que era a nivel global más beneficioso el sistema que se venía realizando antes del acuerdo.
Al final, la Audiencia Nacional ha estimado la pretensión de CGT, confirmando con ello por tanto la posición de USO de defender la práctica anterior de compensar los festivos por ser más beneficiosa para el trabajador que el acuerdo firmado por CCOO,UGT y FASGA.
Estamos a la espera de ver si la empresa recurre esta sentencia y que práctica va a utilizar ahora para compensar los festivos, porque posiblemente ahora nos encontremos con una dualidad aplicativa: por un lado los trabajadores que se adherieron al acuerdo y por el otro los trabajadores que no a los que se les aplica el régimen de compensación antiguo que es el que establece la sentencia. En cuanto conozcamos el texto integro de la mismas la analizaremos para vuestra información.
Recibir un cordial saludo.
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