A la empresa no se le ocurre otra cosa que justo antes de Semana
Santa anunciar que va a remodelar el servicio y que todo el mundo con 31 horas
o más de contrato pasa a turno partido y con dos horas para comer. Y para más
inri la empresa en un “ejercicio de generosidad” ofrece a ampliar hasta 38
horas.
La ley establece que el paso de jornada parcial a jornada
completa, y viceversa, es voluntario para el trabajador, por tanto, si amplias
a 39 horas ya no puedes volver a reducir
a jornada parcial si no es por tu
voluntad, no pudiéndote obligar la empresa. Para nosotros la jugada estaba muy
clara: la empresa ha ofrecido a ampliar a 38 horas para luego, cuando ella lo
necesite, si tengo que reducirte a 31
horas los puedo hacer mediante una modificación sustancial puesto que
estaríamos siempre moviéndonos en la franja de la jornada parcial. La
perversidad de la jugada es de libro.
Todos estos cambios parecen ser que son debidos a otro nuevo
modelo a implantar; “la carterización”, es decir, cada trabajador va a tener
una cartera de clientes propia para gestionar. Hasta ahí vale, está dentro de la capacidad organizativa y
productiva de la empresa pero… ¿y los flecos? ¿Cuantos clientes confirman una
cartera? ¿Si yo atiendo cartera de otros compañeros, que pasa con los
incentivos? ¿es verdad que el servicio va a cerrar antes?. A día de hoy la
empresa no ha informado de como va a montar el chiringuito.
Por fortuna, ante la reacción de algunos de los sindicatos
conseguimos para el golpe, lo que sucede es que mucho nos tememos que es solo una moratoria y que Atento
esté estudiando la mejor forma para hacerlo sin hacer ruido, o sencillamente, a
que Telefónica lo ordene.
No obstante, recordaros que para cambiar el turno o ampliar
horas lo tienen que hacer según el art 41 del estatuto: si pasan de 30
trabajadores es una modificación colectiva y ahí entramos el comité de empresa,
si es menor de ese número serán modificaciones individuales para cada
trabajador y os tienen que avisar con siete días de antelación Ante ello hay varias opciones: aceptarla, rescindir
el contrato y pasar a situación legal de desempleo (si hay perjuicio se tiene
derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado) o impugnar la
decisión empresarial y que un juez decida.
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