A LOS/AS
TRABAJADORES/AS DE PYMES
ANTE LOS POSIBLES
ACUERDOS INDIVIDUALES QUE PUEDAN EXISTIR U OFERTARSE EN EL SERVICIO DEL FRONT
DE PYMES
A
principios del mes pasado, el servicio de front de pymes sufrió la más agresiva
MSCT colectiva de las que se han aplicado en la empresa. Según la gerencia de negocio, los cambios
eran de necesidad absoluta ante la nueva organización del cliente Telefónica-Movistar.
No se
entiende que ahora, tan solo un mes después de la medida, se pretenda ofrecer
cambios de horarios y turnos a trabajadores/as, cuando la gerencia del servicio se ha mostrado
inflexible en todo el proceso con el dimensionamiento, ¿o es que pretenden
acabar con la unión que habéis conseguido provocando así vuestra
desmovilización?
Os
queremos recordar, que los horarios fuera de banda son ilegales si no están
autorizados por el Comité de Empresa. A continuación os indicamos las franjas
horarias estipuladas en el Convenio que afectan al servicio:
-Turno de mañana: no podrá comenzar antes de
las 07’00 horas ni terminar después de las 16’00 horas.
-Turno de tarde: no podrá comenzar antes de
las 15’00 horas, ni terminar después de las 24’00 horas.
-Turno partido: no podrá comenzar antes de las 09’00 horas, ni terminar después de las
20’00 horas; en este turno no podrá mediar entre el final de la primera parte y
el principio de la segunda, más de dos horas. Este turno no podrá aplicarse a
trabajadores/as con jornada igual o inferior a 30 horas semanales.
La empresa
podría variar los horarios, dentro de las bandas fijadas, preavisando por
escrito con siete días de antelación. No se podrán aplicar turnos rotativos, es
decir, el trabajador o trabajadora deberá estar adscrita a una única franja
horaria.
Estamos a
vuestra disposición ante cualquier duda, os seguiremos informando.