02 marzo 2015

PROCESO DE CONVERSIÓN A INDEFINIDOS


El pasado jueves se ha celebrado el SIMA interpuesto por CSIF sobre el baremo utilizado por Atento para la conversión de indefinido y al que CCOO y UGT no se han presentado. Os recordamos que legalmente se  puede ser indefinido por:

·         Fraude de Ley: por ejemplo atender llamadas de una obra y servicio diferente a la que indica mi contrato, continuidad laboral una vez que ha finalizado la obra, etc,

·         Persistencia en el tiempo: llevar más de cuatro años con un contrato de obra y servicio, art 15. 1.a) del Estatuto ampliado por el art 14 del Convenio.

·         Concatenación de contratos: por haber estado con dos o más contratos temporales 24 meses en un periodo de referencia de 30 meses, art 15. 5 del Estatuto. Este y el anterior supuesto solo son para trabajadores con contratos firmados a partir del 18 de Junio de 2010.


El SIMA ha terminado con acuerdo en los términos de que la empresa ha procedido a hacer indefinidos en base al baremo de la persistencia en el tiempo y por tanto para aquellos contratos firmados desde el 18 de Junio de 2010 que superen los cuatro años. Dicha conversión ha sido de manera unilateral y debida a un criterio objetivo, por lo que no ha habido negociación alguna con ningún sindicato por mucho que alguno quiera venderos la moto, la empresa tenía que hacer estos indefinidos sí o sí. No obstante, USO en su labor de vigilancia en el cumplimiento de la normativa ya exigió a la empresa por escrito el pasado mes de Octubre del 2014 la conversión a indefinidos de todos los trabajadores que se encontraran bajos los dos supuestos contemplados en el artículo 15 del Estatuto, dicho documento os lo reproducimos a continuación. Informaros también que USO hemos indicado a la empresa en este SIMA que hay trabajadores que tienen que ser indefinidos por concatenación de contratos y por tanto tiene que proceder a su conversión.

Asimismo, USO creemos que, independientemente de esta reciente conversión obligatoria a indefinidos, en la compañía hay una realidad totalmente injusta puesto que existe un gran número de compañeros con contratos de obra y servicio con una antigüedad abismal (incluso de hasta 19 años) que la ley actual deja fuera de este proceso. Por ello, creemos que la empresa debería mostrar su compromiso con estos trabajadores entablando una negociación con todas las partes para ver la forma de convertirles en personal estable de la compañía y así se lo hemos hecho saber a Atento.



USO: COMPROMISO, REIVINDICACIÓN E INDEPENDENCIA SINDICAL. NO TODOS LOS SINDICATOS NI QUEREMOS NI SOMOS IGUALES.

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