Hoy miércoles día 4 de Noviembre ha terminado
el periodo de consultas de la modificación sustancial de las condiciones de
trabajo por el cual a ¿67? compañeros
se les cambian de una jornada con turno continuado a una con turno partido. La
modificación ha terminado sin acuerdo entre empresa y la representación legal
de los trabajadores. USO no hemos
firmado este acuerdo porque ni vemos ninguna mejora evidente para el trabajador
ni ninguna contraprestación por parte de Atento, por lo que creemos que avalar
los turnos partidos con nuestra firma podría volverse en contra de los
trabajadores o perjudicar a aquellos que decidan impugnar la decisión
empresarial.
Recordad que
la empresa os tiene que dar obligatoriamente por escrito las nuevas condiciones
laborales, notificándolas con siete días como mínimo antes de que esta surja
efectos según indica el art 41 del Estatuto de los Trabajadores.
Muchos de vosotros os estaréis preguntando
bueno, ¿Y ahora qué? Ante la Modificación tenéis tres opciones:
- - Aceptar la decisión empresarial y el nuevo turno.
- - Rescindir el contrato con una indemnización de 20 días por año trabajado (se lo debéis notificar a la empresa por escrito).
- - Impugnar la decisión empresarial: en este caso se dispone de 20 días para presentar la demanda contra la Modificación Sustancial. La judicialización no paraliza la Modificación Sustancial, teniendo que asumir el nuevo turno hasta que el juez dicte sentencia. Una vez dictada la sentencia hay dos opciones de nuevo: que el juez la declare injustificada o nula y la empresa os tenga que volver a vuestras antiguas condiciones o que el juez la declare procedente y ajustada a derecho, en este último caso podréis volver a ejercer la acción de rescindir el contrato con los 20 días de indemnización o aceptar definitivamente el nuevo turno. Informaros que USO pone a vuestra disposición nuestros servicios jurídicos para todos aquellos que decidáis impugnar la decisión, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
Asimismo, muchos
de vosotros teníais vacaciones ya
solicitadas al servicio por lo que entendemos que la empresa tiene que
respetaros esa solicitud y así se lo hemos hecho saber a Atento, No obstante,
desde USO os recordamos
que pidáis por escrito vuestras vacaciones y que la empresa tiene obligación de
conformaros las mismas con dos meses de antelación.
USO:
COMPROMISO, REIVINDICACIÓN E INDEPENDENCIA SINDICAL
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