06 marzo 2016

LA INSPECCIÓN DE TRABAJO PONE EN SU SITIO A LA EMPRESA


En la última diligencia que ha redactado tras la reunión sostenida por los representantes de las diversas fuerzas sindicales requiere a la empresa a que deje de malinterpretar un artículo del convenio, en concreto, el 63, en su apartado segundo, el referido al abono del 100% del salario convenio desde el primer día con baja médica en caso de accidente de trabajo u hospitalización. La empresa hasta el momento restringía este derecho estableciendo que debían al menos transcurrir 24 horas en el centro médico (pernocta hospitalaria).

La autoridad laboral corrige la interpretación restrictiva de Atento requiriéndola para que abone estas situaciones con el 100% del salario a partir de la fecha “Dado que el Convenio no establece esta limitación  y las bajas médicas se computan al día que se producen o causan, independientemente de la hora”.

 Seguiremos informando.Recibid un cordial saludo.

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