30 junio 2016

Y MÁS INSPECCIONES DE TRABAJO


USO denuciamos a la empresa por el incumplimiento del art 27 sobre el plazo de dos meses para confirmar las vacaciones.  El requerimiento de la inspectora fue muy claro: si la empresa no ha denegado  las vacaciones con dos meses de  antelación estas están confirmadas, y al próximo incumplimiento se tramitará propuesta de sanción. Por si a algún mando no le queda claro;  si  el periodo solicitado se inicia el día 1 de Agosto, las vacaciones deberán ser denegadas como muy tarde el 31 de Mayo.

Asimismo, informaros que ante el incumplimiento de la empresa del art 30 del Convenio sobre excedencias especiales USO también lo hemos denunciado a  la Inspección de Trabajo puesto que hay un sentencia del Tribunal Supremo muy clara respexto este asunto. La  Inspección de trabajo reconoce y confirma que el 3% de porcentaje de concesión va referido a la plantilla a nivel estatal, no al servicio.


Y Sanción al canto...¡¡ Tras una denuncia interpuesta por USO en su momento cuando la empresa se puso a realizar trabajos de desatranco en las tuberías durante la hora de la comida montando una pero que muy gorda,  Inspección de Trabajo dejó claro que no se podían realizar obras o trabajos en las plataformas que puedan resultar perjudiciales o molestas para los trabajadores y que estas tendrían que realizarse fuera del horario laboral. Pues bien, tras una denuncia de otro sindicato de Madrid sobre la “reparación” de una puerta de Emergencia provocando molestias Inspección de Trabajo sanciona por incumplimiento de lo ya advertido. Es lamentable que desgraciadamente la denuncia  se está convirtiendo en el único idioma que Atento entiende.

USO hemos puesto otras Inspecciones de las que os informaremos cuando tengamos los correspondientes requerimientos.

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