28 diciembre 2016

DEVOLUCION DEL IRPF DURANTE EL COBRO DE LA MATERNIDAD


El Tribunal de justicia de la Comunidad de Madrid ha dictado recientemente una sentencia por la cual se establece que la prestación de maternidad abonada por INEM  no es susceptible de ser gravada por el IRPF, y por lo tanto, dichas cantidades económicas retenidas deben de devolverse. Dicha sentencia es aplicable a todas las prestaciones desde el 2012.

Ante la importancia de dicha resolución judicial os dejamos un breve resumen de los pasos a seguir para todas aquellas compañeras que estéis interesadas en reclamar. Indicaros de antemano que posiblemente sea  un proceso largo y pueda conllevar en caso de pérdida costas procesales.

·         Lo primero es hacer una solicitud de rectificación de autoliquidación a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), haciendo una declaración de la renta sin computar ahora el importe de la prestación recibida del INSS, siendo la diferencia entre ambas declaraciones (la presentada y la simulada) el importe que reclamaremos, y a la cual se  pueden añadir  intereses de demora. Se tiene un año para presentarla y la AEAT dispone de seis meses para contestar, pudiéndolo hacer mediante silencio administrativo.

·         El siguiente paso será presentar una reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico administrativo de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes.

·         Si el Tribunal Económico desestima la reclamación, bien también de manera expresa o por silencio administrativo, habrá que interponer el correspondiente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el cual en teoría debería fallar favorablemente.

·         No obstante, hay que tener presente que ante la multitud de reclamaciones que puedan darse  con la posibilidad de ser resueltas de manera diferentes por los diferentes órganos judiciales de las Comunidades Autónomas, el asunto posiblemente termine en el Tribunal Supremo.


NOTA: Al ser un proceso administrativo muy complejo, que probablemente termine en la jurisdicción contencioso administrativa y ante el que diferentes juristas ven varios caminos, os recomendamos hablar con un abogado o asesor  antes de iniciar cualquier trámite.

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