El Pasado miércoles
día 29 se celebró las mediaciones interpuestas por USO y por CCOO y UGT
contra el código ético que la empresa nos hizo llegar a los/as trabajadores/as para
que lo firmáramos aceptando así su contenido y aplicación.
USO tuvo claro desde
el principio que este documento era y es un cúmulo de despropósitos que
atentaban contra los derechos de los/as trabajadores/as de Atento laboralmente y
constitucionalmente en aspectos como las relaciones personales entre
trabajadores de la compañía, las actividades desarrolladas fuera del entorno de
Atento, la obligación de poner en conocimiento de Atento cualquier documento legal relacionado con la
compañía o “perlas” del tipo de que el
trabajador que no se “chive” de un incumplimiento del código ético pueda
recibir una medida disciplinaria entre otras lindezas.
Es evidente que
todo esto ha partido de nuestros nuevos dueños allá por las lejanas tierras del
Tío Sam en Boston, donde tiene Bain Capital su sede. Imaginamos que por allí los
códigos éticos son muy normales y están a la orden del día, ya que allí tanto
la legislación laboral como los sindicatos son cuanto menos extremadamente laxos.
Pero aquí, las cosas son muy diferentes, tenemos una constitución y legislación
laboral que establecen unos derechos para los trabajadores, aunque las últimas
reformas laborales se hayan encargado de minimizarlos.
Con el principio
básico de que los sindicatos no somos
meras comparsas de las decisiones empresariales USO demandó “la enciclopedia ilustrada”
con intención de parar este despropósito teniendo como resultado final un
acuerdo firmado por todas las partes en los siguientes términos:
“independientemente del contenido del código ético, el
mismo nunca podrá ser utilizado como procedimiento sancionador salvo que la
conducta del trabajador esté contemplada en la legislación vigente en cada momento,
no formando parte del contrato de trabajo en ningún caso.”
De este modo el
código de marras queda sin efecto en cuanto a su aplicación, anulando su capacidad
para sancionar y evitando que pueda ser incorporado como elemento contractual.
USO: COMPROMISO,
REIVINDICACIÓN E INDEPENDENCIA SINDICAL. PORQUE NO TODOS LOS SINDICATOS NI
QUEREMOS NI SOMOS IGUALES.
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