01 mayo 2015

USO DESACTIVA EL CODIGO ÉTICO


El Pasado miércoles día 29 se celebró las mediaciones interpuestas por USO y por CCOO y UGT contra el código ético que la empresa nos hizo llegar a los/as trabajadores/as para que lo firmáramos aceptando así su contenido y aplicación.

USO tuvo claro desde el principio que este  documento  era y es un cúmulo de despropósitos que atentaban contra los derechos de los/as trabajadores/as de Atento laboralmente y constitucionalmente en aspectos como las relaciones personales entre trabajadores de la compañía, las actividades desarrolladas fuera del entorno de Atento, la obligación de poner en conocimiento de Atento  cualquier documento legal relacionado con la compañía o  “perlas” del tipo de que el trabajador que no se “chive” de un incumplimiento del código ético pueda recibir una medida disciplinaria entre otras lindezas.
Es evidente que todo esto ha partido de nuestros nuevos dueños allá por las lejanas tierras del Tío Sam en Boston, donde tiene Bain Capital su sede. Imaginamos que por allí los códigos éticos son muy normales y están a la orden del día, ya que allí tanto la legislación laboral como los sindicatos son cuanto menos extremadamente laxos. Pero aquí, las cosas son muy diferentes, tenemos una constitución y legislación laboral que establecen unos derechos para los trabajadores, aunque las últimas reformas laborales se hayan encargado de minimizarlos.

Con el principio básico de que  los sindicatos no somos meras comparsas de las decisiones empresariales USO demandó “la enciclopedia ilustrada” con intención de parar este despropósito teniendo como resultado final un acuerdo firmado por todas las partes en los siguientes términos:

“independientemente del contenido del código ético, el mismo nunca podrá ser utilizado como procedimiento sancionador salvo que la conducta del trabajador esté contemplada en la legislación vigente en cada momento, no formando parte del contrato de trabajo en ningún caso.”

De este modo el código de marras queda sin efecto en cuanto a su aplicación, anulando su capacidad para sancionar y evitando que pueda ser incorporado como elemento contractual.


USO: COMPROMISO, REIVINDICACIÓN E INDEPENDENCIA SINDICAL. PORQUE NO TODOS LOS SINDICATOS NI QUEREMOS NI SOMOS IGUALES.

No hay comentarios: