16 octubre 2012

ACUERDO HORAS MÉDICAS EN EL TURNO DE NOCHE



El pasado martes 9 de Octubre estaba prevista la vista para el juicio interpuesto por CCOO sobre el disfrute de las horas médicas por los trabajadores/as del turno de noche. En el acto de conciliación previo se llego a un acuerdo.

Desde que USO tuvo conocimiento de la demanda no dudó en adherirse y apoyar la misma, así lo hizo en el SIMA previo y así lo indicó nuestro abogado el día del juicio, por ello, ante la posibilidad de un acuerdo beneficioso a nivel global para los trabajadores/as, USO no dudo en firmarlo. STC y CGT no se personaron en el juicio.

Os dejamos a continuación los puntos del acuerdo:

Disfrute del permiso la jornada anterior:

- El trabajador/a tendrá que justificar la asistencia al facultativo en una franja de seis horas posteriores a la finalización de la jornada laboral del trabajador durante la que se disfrute el permiso.

Disfrute del permiso la jornada posterior:

- El trabajador/a tendrá que justificar la asistencia al facultativo en una franja de seis horas anteriores al inicio de la jornada laboral del trabajador durante la que se disfruta el permiso.

Las horas de permiso a disfrutar son a libre elección del trabajador/a y el acuerdo tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, fecha de vigencia del actual Convenio Sectorial Estatal. Asimismo, si el artículo 28.2 del convenio sufriera alguna revisión por la comisión paritaria de interpretación del Convenio u otra vía, dicho acuerdo se vería afectado por ello siempre que esta fuera de obligado cumplimiento.

USO ha firmado el acuerdo porque consideramos que a nivel global es un buen acuerdo para los trabajadores/as: Primero porque garantiza el disfrute del derecho de los trabajadores/as en turno de noche en igual de condiciones que los demás compañeros/as, es el propio trabajador/a el que decide el número de horas que va a utilizar del permiso. Segundo: la franja de seis horas creemos que es suficientemente amplia para que los trabajadores/as tengan la facilidad y la cobertura suficiente para poder disfrutar del derecho en su totalidad.

Para cualquier duda sobre el acuerdo dirigidos a cualquier delegado de USO.

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