La historia judicial del servicio ADIF está siendo tortuosa, igual que la situación de los compañeros que han pasado por el servicio.
En agosto conocimos la sentencia del juicio interpuesto por CCOO contra la ruptura por parte de la empresa del acuerdo firmado por ellos y UGT. USO entendimos que, fuera de las valoraciones sobre el acuerdo (malo a nuestro entender), había que ir a apoyar contra la empresa. La sentencia da a todas las partes. Por un lado se indica que la vía elegida para demandar estos despidos no es la adecuada, pero también indica que la empresa ha incumplido el acuerdo y ha abusado fraudulentamente de la figura del “despido disciplinario improcedente” para ajustar su plantilla. Asimismo, la Audiencia Nacional reconoce el daño al derecho a la negociación colectiva de CCOO y le concede una indemnización de 12.000 € por daños y perjuicios. Dato; uno de los sindicatos que se adhirió a la demanda, y no fue USO, viendo el pastel, ha solicitado también los 12.000 €. El tribunal se los ha denegado. STC y CGT no se personaron al juicio.
Por otro lado UGT denunció a nivel estatal las modificaciones sustanciales por las que se eliminaba a los compañeros/as de SERTEL las mejoras que tenían pactadas. USO tenía claro por coherencia y los motivos ya expuestos el apoyo a esa demanda pero el juicio finalmente se suspendió puesto que CCOO ha interpuesto el mismo conflicto a nivel autonómico. CGT y STC no se personaron. El juicio de Sevilla ya ha salido y desgraciadamente se ha perdido.
Y como no hay dos sin tres, el pasado 24 de Octubre se celebró juicio por este mismo asunto por las modificaciones sufridas por los trabajadores en Madrid. Y USO volvió a apoyar y a hacer defen-sa activa de la demanda contra la empresa, UGT, STC y CGT no se personaron. Por cierto, el juicio en Madrid se ha ganado.
Independientemente del acuerdo firmado por CCOO y UGT sobre el acuerdo de los compañeros que han venido de SERTEL (de hecho, de ese mal acuerdo y de sus flecos sin cerrar nos hemos encontrado con este pastel). Y entendiendo también que a veces hay que darle una vuelta más sobre la conveniencia para los trabajadores de si es mejor interponer una demanda individual o una colectiva, junto con la forma, contenido y carácter que se da luego a esa demanda, USO entiende que una vez que la demanda se ha puesto, hay que ir a apoyar y hacer frente y causa común contra la empresa puesto que en estos casos los intereses de los sindicatos pasan totalmente a un segundo plano y tienen prioridad ABSOLUTA el interés y el conseguir lo mejor para los trabajadores. Así entiende USO el sindicalismo y así lo ha hecho en este y en otros procesos judiciales.
Seguiremos informando.Recibir un cordial saludo.
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