07 enero 2014

AMPLIADO EL DERECHO A REDUCCION DE JORNADA POR CUIDADO DE UN MENOR HASTA LOS 12 AÑOS


El Real Decreto 16/2013 del 21 de Diciembre de 2013 mejora el derecho de reducción de jornada por cuidado de un menor, elevando de 8 a 12 años la edad de del menor. Este derecho se puede ejercitar desde el 22 de diciembre del 2013, quedando el apartado 5 del artículo 37 del estatuto redactado de la siguiente manera:

“5. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.”
El porcentaje de reducción de la jornada no ha cambiado y sigue siendo el mismo; mínimo un octavo y máximo un 50%.
En teoría para aquellos trabajadores que han solicitado la reducción de jornada sin fecha límite la ampliación es automática hasta los doce años. Para aquellos trabajadores que sí habían solicitado una fecha concreta de finalización y quieren ampliar por encima de la fecha establecida en la anterior legislación (ocho años) debéis solicitar la nueva ampliación de la misma por escrito. No obstante, si la empresa os pone problemas para el supuesto de la ampliación automática, os aconsejamos solicitar también esta ampliación por escrito.


Asimismo, la solicitud de ampliación en ambos casos no computa como una nueva solicitud, sino como una renovación/ampliación de la anterior, y por tanto, se hará sobre el horario con el que ya se está disfrutando la reducción. Si la empresa intenta que la ampliación la referenciéis a un nuevo horario por favor negaros y ponerlo inmediatamente en conocimiento de cualquier delegado de USO.

Recibir un cordial saludo.

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