07 febrero 2017

CELEBRADO EL JUICIO DE LA MODIFICACION SUSTANCIAL DE GRAN PÚBLICO


Hoy  martes día 7 tuvo lugar la vista oral de la Modificación Sustancial de Gran Público del pasado mes de octubre que supuso el cambio de horarios, turnos y rotativo de libranzas de 1005 compañeros, y que USO ya calificamos en su día como de auténtico destrozo laboral

USO defendimos nuestra demanda con los mismos argumentos que siempre hemos dicho: desproporcionalidad y falta de razonabilidad de la medida, ausencia  de criterios objetivos para la asignación de los turnos y rotaciones de libranzas, brutal ataque a las guardas legales y una total ausencia de buena fe empresarial puesto que entre otros aspectos la política de recolocaciones en otras campañas ha sido nula.

Por parte empresarial escuchamos perlas como que si ha habido discriminación por afectar a las guardas legales cuando estas son en su mayoría disfrutadas por mujeres  “esta ha sido positiva”, o que “ha hecho esta modificación pensando en hacer el menor daño a los trabajadores intentando minimizar el trabajar los fines de semana y el turno partido porque es muy perjudicial, buscando un equilibrio entre el cumplimiento jurídico, el interés del trabajador y… la curva de llamadas” por supuesto.

Pues que se lo diga a los 107 trabajadores que han extinguido su contrato por su imposibilidad de adaptarse al nuevo turno. O a todos aquellos compañeros entre 30 y  35 horas a los que no era necesario poner turno partido porque con un simple desplazamiento horario podrían seguir prestando su jornada y dentro de las franjas de convenio, pero claro, esto conllevaría que pasarían a prestar su relación entre las 14:00 y 16:00 horas, horas totalmente improductivas para la empresa o como ha dicho en el juicio, donde se formaba una “joroba por acumulación de recursos en relación al tráfico recibido”, si,está claro que esta modificación ha sido una “camellada” de la empresa y una “jodienda” para los trabajadores.

No obstante, USO somos positivos respecto al juicio puesto que la Inspección de Trabajo ha realizado un informe en el que presenta dudas sobre esta Modificación sustancial. Asimismo, el Ministerio Fiscal indicó que a su entender se dan indicios de conculcación de dos artículos constitucionales (derecho a la no discriminación por motivos de sexo y a la vulneración de la Negociación Colectiva). En cuanto salga la sentencia os informaremos.


USO: COMPROMISO, REIVINDICACIÓN E INDEPENDENCIA SINDICAL

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