Hoy martes día 7 tuvo lugar la vista oral de la Modificación
Sustancial de Gran Público del pasado mes de octubre que supuso el cambio de
horarios, turnos y rotativo de libranzas de 1005 compañeros, y que USO ya calificamos en su día como de auténtico
destrozo laboral
USO defendimos nuestra demanda con los mismos
argumentos que siempre hemos dicho: desproporcionalidad
y falta de razonabilidad de la medida, ausencia
de criterios objetivos para la asignación de los turnos y rotaciones de
libranzas, brutal ataque a las guardas legales y una total ausencia de buena fe
empresarial puesto que entre otros aspectos la política de recolocaciones en
otras campañas ha sido nula.
Por parte empresarial escuchamos perlas como que si ha habido
discriminación por afectar a las guardas legales cuando estas son en su mayoría
disfrutadas por mujeres “esta ha sido
positiva”, o que “ha hecho esta modificación pensando en hacer el menor daño a
los trabajadores intentando minimizar el trabajar los fines de semana y el
turno partido porque es muy perjudicial, buscando un equilibrio entre el
cumplimiento jurídico, el interés del trabajador y… la curva de llamadas” por
supuesto.
Pues que se lo diga a los 107 trabajadores que han extinguido su
contrato por su imposibilidad de adaptarse al nuevo turno. O a todos aquellos
compañeros entre 30 y 35 horas a los que
no era necesario poner turno partido porque con un simple desplazamiento
horario podrían seguir prestando su jornada y dentro de las franjas de convenio,
pero claro, esto conllevaría que pasarían a prestar su relación entre las 14:00
y 16:00 horas, horas totalmente improductivas para la empresa o como ha dicho
en el juicio, donde se formaba una “joroba por acumulación de recursos en relación al tráfico
recibido”, si,está claro que esta modificación ha sido una “camellada” de la
empresa y una “jodienda” para los trabajadores.
No obstante, USO somos positivos respecto al
juicio puesto que la Inspección de Trabajo ha realizado un informe en el que
presenta dudas sobre esta Modificación sustancial. Asimismo, el Ministerio
Fiscal indicó que a su entender se dan indicios de conculcación de dos artículos
constitucionales (derecho a la no discriminación por motivos de sexo y a la
vulneración de la Negociación Colectiva). En cuanto salga la sentencia os
informaremos.
USO: COMPROMISO, REIVINDICACIÓN E
INDEPENDENCIA SINDICAL
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