Ante las numerosas dudas planteadas por vosotros os recordamos el
acuerdo firmado por USO junto con otros sindicatos por
el cual nos regimos en Atento a la hora de compensar los festivos:
- · Se podrán compensar los festivos a lo largo de todo el año natural, pudiéndose compensar los festivos del último trimestre del año en el primer trimestre del año siguiente.
- · Se podrá compensar cualquier día del año, sea este laborable o no, y unirlos a vacaciones, libranzas, días de permiso o a un festivo.
- · Se establece un sistema de solicitud de cuatro opciones con el compromiso de concesión obligatoriamente por la empresa de una de ellas.
- · Se dispone de un plazo como mínimo de 30 días para solicitar el festivo desde la opción de disfrute más próxima en el tiempo.
- · Se establece la voluntariedad como principio inicial para trabajar los festivos, en caso de no existir esta se irá a la alternancia a la hora tanto de trabajar como de librarlos para asegurar una justa distribución entre todos los compañeros.
Para cualquier duda o si se da su
inaplicación por el servicio no dudéis en poneros en conocimiento con cualquier
delegado de USO.
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