01 noviembre 2016

NUEVO ÉXITO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS DE USO



Los servicios jurídicos de USO  han vuelto a ganar el juicio de una compañera que denunció a la empresa por negarle ésta una concreción en su horario de guarda legal.

Este juicio era especialmente relevante porque la empresa perversamente argumentaba que al realizar la trabajadora “call blending” su puesto era insustituible y se le descuadraba el servicio. En el juicio quedó acreditada la imposibilidad  de la  trabajadora de prestar su relación laboral en otro horario diferente al solicitado así como la evidente falsedad del argumento organizativo empresarial, en ningún  momento el servicio quedaba desatendido y el resto de trabajadores podían perfectamente asumir la multitarea que desempeñaba la trabajadora.

Atento, después de la sentencia del Tribunal Supremo sobre la empresa del sector Transcom que establecía que la reducción de jornada por guarda legal es sobre la “jornada ordinaria y no diaria” del trabajador, sigue empeñada en denegar este derecho a sus trabajadores e impedir la conciliación de la vida laboral y familiar. Esperemos que esta sentencia le sirva para recapacitar un poquito.


ÚLTIMA HORA: El Tribunal Supremo ha dictado sentencia contra la patronal del Sector (ACE) en los mismos términos que la de Transcom, es decir, las empresas NO  pueden exigir al trabajador que su reducción se realice dentro de su jornada ordinaria diaria. Esta sentencia establece materia juzgada para todo el Sector.

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